Marco legal: Ley 17/2021 y el Código Civil
La Ley 17/2021, de 15 de diciembre, modificó tres normativas fundamentales:- El Código Civil: reconoce a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad (art. 333 bis).
- La Ley de Enjuiciamiento Civil en su artículo 605: prohíbe embargar a mascotas como si fueran bienes.
¿Qué debe incluir el convenio regulador respecto a las mascotas?
Desde la reforma legal, el convenio regulador debe contener cláusulas específicas relacionadas con los animales de compañía. Aquí te explicamos los puntos clave que conviene dejar bien definidos:A) Titularidad y custodia
Debe establecerse quién se queda con la mascota tras la separación. Las opciones principales son:- Custodia exclusiva para uno de los convivientes, si es quien ha tenido mayor implicación en el cuidado del animal o si convive con los hijos menores.
- Custodia compartida, con un régimen de estancias alternas (por semanas, quincenas o meses), similar al que se establece con los menores.
B) Régimen de visitas
Si se establece custodia exclusiva, el convenio debe prever un calendario de visitas para el otro conviviente, siempre que no perjudique al animal. Este régimen puede incluir:- Visitas puntuales (fines de semana alternos, vacaciones, paseos determinados).
- Recogidas y entregas claras, para evitar conflictos.
C) Reparto de gastos
Los animales generan gastos constantes: comida, vacunas, veterinario, peluquería, seguros… El convenio debe estipular quién los paga:- Reparto al 50 %, si hay custodia compartida.
- Pago por parte del custodio, con posibilidad de “pensión de manutención” mensual por parte del otro.
D) Prohibiciones y condiciones especiales
Puede pactarse que el animal no sea llevado fuera de la provincia sin consentimiento del otro. También se puede acordar:- Prohibición de custodia compartida en caso de maltrato, abandono o instrumentalización del animal para dañar a la expareja.
- Determinación de responsabilidades si el animal causa daños a terceros.
¿Y si no hay acuerdo? El juez decide
Cuando las partes no se ponen de acuerdo, es el juez quien determina el destino de la mascota. 📌 Criterios del juez:- Quién tiene una relación afectiva más fuerte con el animal.
- Quién ha ejercido los cuidados principales (alimentación, veterinario, paseos).
- Condiciones económicas y de disponibilidad horaria.
- Existencia de hijos menores (muchas veces se favorece que el animal conviva con ellos por estabilidad emocional).
- Asignar la custodia exclusiva a uno de los convivientes.
- Establecer un régimen de visitas o custodia compartida.
- Imponer medidas cautelares para evitar la venta o el traslado del animal durante el proceso judicial (art. 771.2 de la LEC).
Ventajas de la mediación: una solución amistosa
La mediación familiar o ante notario es una alternativa rápida, económica y menos conflictiva que el juicio. Mediante acuerdos privados (homologables judicialmente), se puede:- Establecer un régimen personalizado para el animal.
- Incluir cláusulas adaptadas a cada caso (por ejemplo, atención veterinaria compartida o normas sobre vacaciones).
- Garantizar una mayor probabilidad de cumplimiento, al haber sido consensuado.
Jurisprudencia reciente
La jurisprudencia en España está comenzando a reflejar el cambio social y legal hacia el reconocimiento del vínculo humano-animal. Algunos ejemplos:- Caso “Cachas” (Valladolid, 2019): el primer perro con custodia compartida alterna por semanas, pese a estar registrado solo a nombre de uno de los miembros de la pareja.
- Madrid (2022): juez establece un régimen de visitas para el exconviviente, considerando el apego afectivo del perro hacia ambos.
- Vizcaya (2023): custodia compartida de un gato, con obligación de compartir gastos al 50 %.
- Pontevedra (2022): condena a pagar 600 € por impedir el régimen de visitas a la expareja.
- Barcelona (2023): fijación de pensión de 40 €/mes por manutención del perro.
Conclusión: proteger a quien no puede hablar
Los animales forman parte de la familia y su bienestar debe protegerse en situaciones de ruptura. Gracias a la Ley 17/2021, ya es obligatorio incluirlos en el convenio regulador, con medidas que velen por su salud física y emocional. Consejos finales:- Redacta un convenio claro: detalla la custodia, visitas, gastos y condiciones.
- Apuesta por la mediación: especialmente si hay buena comunicación con tu expareja.
- Documenta todo: chip, historial veterinario, facturas… pueden ser útiles ante un juez.
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