PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE DERECHO DE FAMILIA EN NAVIDAD EN ESPAÑA.

Preguntas y respuestas sobre derecho de familia en navidad en España.

La Navidad es una de las épocas más delicadas para las familias separadas o divorciadas. Las vacaciones escolares, los compromisos familiares y los gastos extraordinarios suelen generar dudas y conflictos legales. En este artículo abordamos, en formato de preguntas y respuestas, las cuestiones más habituales relacionadas con el derecho de familia en España durante la Navidad, con un enfoque práctico, claro y orientado a proteger el interés de los menores.

¿Quién se queda con los hijos en Navidad tras un divorcio en España?

Esta es una de las preguntas más frecuentes cuando llegan las fiestas navideñas. En España, la respuesta depende siempre de lo que establezca la sentencia de divorcio o el convenio regulador.

En la mayoría de los casos, las vacaciones de Navidad se dividen en dos periodos y se reparten de forma alterna entre ambos progenitores. Lo más habitual es que un año los hijos pasen Nochebuena y Navidad con uno de los progenitores, y Fin de Año y Reyes con el otro, alternándose cada año.

Si existe custodia compartida, también suele aplicarse este sistema de alternancia, salvo que el convenio regulador establezca otra forma concreta de reparto. En los casos de custodia exclusiva, el progenitor no custodio tendrá derecho a disfrutar del periodo que le corresponda según lo fijado judicialmente.

Cuando no existe una regulación clara o específica sobre Navidad, lo más recomendable es intentar llegar a un acuerdo amistoso, priorizando siempre el bienestar de los menores. Si no hay acuerdo, es aconsejable consultar con un abogado especializado en derecho de familia para evitar conflictos mayores. 

Régimen de visitas en Navidad: ¿Qué hacer si tu expareja no cumple?

El incumplimiento del régimen de visitas en Navidad es un problema habitual. Puede suceder que uno de los progenitores retrase la entrega de los hijos, los retenga más tiempo del debido o directamente impida las visitas acordadas.

Ante esta situación, es importante no actuar de forma impulsiva. No se recomienda responder con otro incumplimiento ni tomar decisiones unilaterales. Lo más adecuado es:

  • Intentar una solución dialogada.
  • Dejar constancia escrita de lo ocurrido (mensajes, correos electrónicos).
  • Recopilar pruebas del incumplimiento.
  • Consultar con un abogado de familia lo antes posible.

Si el incumplimiento persiste, se puede presentar una demanda de ejecución de sentencia. En casos graves o reiterados, el juez puede imponer sanciones económicas, compensaciones de tiempo o incluso modificar el régimen de custodia o visitas.

Gastos extraordinarios de Navidad: ¿Cuáles son las obligaciones legales entre progenitores?

La Navidad implica habitualmente gastos adicionales: regalos, celebraciones, viajes o actividades especiales para los hijos. Una duda frecuente es si estos gastos deben ser compartidos por ambos progenitores.

Desde el punto de vista legal, la pensión de alimentos cubre los gastos ordinarios. Los gastos extraordinarios deben cumplir ciertos requisitos: ser necesarios, imprevisibles y no periódicos.

Por norma general, los regalos de Navidad no se consideran gastos extraordinarios obligatorios, salvo que el convenio regulador indique lo contrario. No obstante, muchos progenitores deciden repartirlos de mutuo acuerdo por el bien de los hijos.

Antes de realizar un gasto importante en Navidad, lo recomendable es consultarlo y consensuarlo con el otro progenitor. En caso de desacuerdo, un abogado especializado en derecho de familia puede valorar si el gasto es reclamable legalmente.

Viajar con hijos en Navidad tras una separación: requisitos legales

Las vacaciones de Navidad son una época habitual para viajar, pero cuando hay hijos menores y padres separados, es importante conocer los requisitos legales.

Si el viaje se realiza dentro de España, normalmente no es necesaria la autorización del otro progenitor, siempre que el viaje coincida con el periodo de custodia o visitas que corresponda.

En cambio, para viajar al extranjero, es imprescindible contar con el consentimiento expreso del otro progenitor, salvo que exista una autorización judicial. Esta autorización suele formalizarse por escrito y, en muchos casos, ante notario.

Viajar con un menor sin el consentimiento del otro progenitor es una acción grave que no suele ser motivo para quitar la patria potestad directamente, pero sí puede acarrear consecuencias civiles y penales graves para quien lo hace, incluyendo la posibilidad de perder la custodia y enfrentarse a cargos por sustracción internacional de menores, ya que se vulnera el derecho del otro progenitor y el interés superior del menor, y se debe obtener autorización judicial si hay desacuerdo. Por ello, es fundamental planificar con antelación y contar con asesoramiento legal.

¿Qué pasa con las mascotas en Navidad tras una separación o divorcio?

Cada vez más familias consideran a sus mascotas como miembros de la familia, por lo que durante la Navidad pueden surgir conflictos sobre quién se queda con ellas, especialmente si hay viajes o celebraciones prolongadas.

Puntos legales a tener en cuenta:

  • Mascotas y derecho de Familia

En España, las mascotas no se consideran bienes en sentido estricto, por lo que no se reparten como la custodia de los hijos. Sin embargo, los tribunales cada vez reconocen su valor emocional y pueden considerar acuerdos sobre su cuidado.

  • Acuerdos previos

Si existe un convenio de separación o divorcio que mencione a la mascota, hay que respetarlo. Por ejemplo, algunos acuerdos establecen que la mascota pasará periodos alternos con cada progenitor durante las vacaciones, incluyendo Navidad.

  • Viajes y cuidado de la mascota

Si uno de los progenitores se desplaza por Navidad, es recomendable acordar con antelación quién cuidará del animal durante ese periodo para evitar conflictos. Esto también es importante si el viaje es al extranjero y la mascota debe cumplir requisitos legales de transporte.

  • Conflictos y soluciones

En caso de desacuerdo, se recomienda la mediación o el asesoramiento de un abogado especializado. Aunque no existe una “custodia legal” como tal, los tribunales pueden aconsejar medidas que protejan el bienestar del animal y respeten los acuerdos previos.

Conclusión: la importancia del asesoramiento legal en Navidad

La Navidad no debería convertirse en una fuente de conflictos legales. Conocer tus derechos y obligaciones en materia de derecho de familia en España es fundamental para evitar problemas y proteger el bienestar de los menores.

Si tienes dudas sobre custodia, régimen de visitas, gastos extraordinarios o viajes con hijos en Navidad, contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia te permitirá actuar con seguridad jurídica y encontrar soluciones eficaces en una de las épocas más sensibles del año.

¿Necesitas un abogado de familia en Navidad?

La Navidad no debería convertirse en una fuente de conflictos legales. Contar con un abogado especialista en derecho de familia es clave para actuar con seguridad jurídica y proteger a tus hijos.

En DE TERESA ABOGADOS ofrecemos:

  • Asesoramiento urgente en conflictos navideños
  • Ejecución de sentencias por incumplimientos
  • Modificación de medidas
  • Defensa integral en derecho de familia

Contacta con DE TERESA ABOGADOS y solicita tu consulta. Actuar a tiempo marca la diferencia.

NAVIDAD Y CUSTODIA DE HIJOS_ CÓMO EVITAR CONFLICTOS LEGALES

Navidad y custodia de hijos: cómo evitar conflictos legales

La Navidad es una época asociada a la ilusión, los reencuentros familiares y las celebraciones. Sin embargo, para muchas familias en España, estas fechas también pueden convertirse en un foco de conflictos legales, especialmente cuando existen divorcios, separaciones, custodias compartidas o desacuerdos entre progenitores.

En DE TERESA, despacho de abogados especializado en Derecho de Familia en España, sabemos que la Navidad puede ser tan emotiva como compleja desde el punto de vista legal. Por ello, en este artículo analizamos los principales problemas de Derecho de Familia en Navidad, los incumplimientos más habituales, sus consecuencias legales y qué dice la ley española, ofreciendo además soluciones prácticas para proteger a tu familia y, sobre todo, el bienestar de los menores.

La Navidad: un periodo delicado en el Derecho de Familia

Las fechas navideñas alteran las rutinas habituales: vacaciones escolares, cambios de horarios laborales, viajes y reuniones familiares. Cuando hay menores, progenitores separados, divorciados o en proceso de ruptura, estas modificaciones suelen generar tensiones.

Desde el punto de vista legal, la Navidad es uno de los momentos del año en los que más consultas recibimos en DE TERESA Abogados relacionadas con:

  • Custodia de hijos en Navidad
  • Régimen de visitas durante las vacaciones
  • Incumplimientos de sentencias
  • Conflictos entre progenitores
  • Mediación familiar

Custodia de los hijos en Navidad en España.

¿Qué dice la ley sobre la custodia y las visitas en Navidad?

En España, el régimen de custodia y visitas durante la Navidad suele estar regulado en el convenio regulador o en la sentencia judicial, documentos que son de obligado cumplimiento según el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Lo habitual es que las vacaciones se dividan en dos periodos, por ejemplo:

  • Nochebuena y Navidad
  • Fin de Año y Reyes

No obstante, en la práctica surgen muchas dudas:

  • ¿A qué hora exacta se produce la entrega del menor?
  • ¿Puede uno de los progenitores viajar con los hijos?
  • ¿Qué ocurre si el convenio no regula expresamente la Navidad?

Cuando no existe una regulación clara, los tribunales suelen optar por una división equitativa de las vacaciones, siempre atendiendo al interés superior del menor. En estos casos, contar con un abogado de familia en España es fundamental para evitar conflictos y proteger los derechos de todas las partes.

Problemas típicos en Navidad en familias separadas o en proceso de ruptura

La Navidad concentra muchos de los conflictos más habituales en el Derecho de Familia, especialmente cuando existen menores y una relación tensa entre progenitores. Entre los problemas más frecuentes destacan:

  • Desacuerdos sobre con quién pasan los hijos las fechas señaladas
  • Falta de claridad en horarios de recogida y entrega
  • Cambios unilaterales de planes
  • Negativa a facilitar la comunicación con el otro progenitor
  • Viajes sin consentimiento

Estos conflictos se agravan cuando la separación es reciente o cuando los progenitores están en trámites de separación o divorcio, sin medidas judiciales definitivas.

Ejemplos habituales de conflictos legales en Navidad

En DE TERESA Abogados, despacho especializado en Derecho de Familia, atendemos cada año situaciones como:

  • Un progenitor que no devuelve a los hijos en la fecha acordada tras las vacaciones navideñas
  • La prohibición de llamadas o videollamadas con el otro progenitor
  • Viajes nacionales o internacionales sin autorización
  • Acuerdos verbales que posteriormente no se respetan

Estos ejemplos ponen de manifiesto la importancia de dejar constancia escrita de los acuerdos y contar con asesoramiento legal previo.

Incumplimiento del régimen de visitas en Navidad y sus consecuencias legales

La Navidad es, lamentablemente, una de las épocas con mayor número de incumplimientos del régimen de visitas o custodia. Es importante saber que estos incumplimientos tienen consecuencias legales.

Entre las principales consecuencias se encuentran:

  • Ejecución de sentencia para exigir el cumplimiento del régimen
  • Multas coercitivas al progenitor incumplidor
  • Modificación del régimen de custodia o visitas en caso de reiteración
  • En supuestos graves, posible responsabilidad penal por desobediencia judicial

Los jueces valoran muy negativamente estos comportamientos, ya que perjudican directamente al menor y vulneran resoluciones judiciales.

Progenitores en trámites de separación: especial atención en Navidad

Cuando los progenitores están en proceso de separación o divorcio, la Navidad se convierte en un periodo especialmente sensible desde el punto de vista legal y emocional.

En estos casos:

  • No existen todavía reglas claras sobre custodia y visitas
  • Los acuerdos suelen ser provisionales o inexistentes
  • El riesgo de conflicto es mucho mayor

Contar con un abogado de familia desde el inicio del proceso permite solicitar medidas provisionales, establecer acuerdos temporales para las fiestas y evitar situaciones que puedan perjudicar a los menores o complicar el procedimiento judicial posterior.

No es casualidad que muchas personas se planteen el divorcio o la separación tras las fiestas navideñas. La convivencia intensiva, los conflictos no resueltos y la presión emocional hacen aflorar problemas latentes.

Desde un punto de vista legal, enero es uno de los meses con mayor número de procedimientos de divorcio en España. Contar con un abogado de divorcios y separaciones antes de tomar decisiones impulsivas es clave para:

  • Proteger tu patrimonio
  • Defender tus derechos como progenitor
  • Evitar conflictos innecesarios

En DE TERESA Abogados, ofrecemos asesoramiento personalizado para que tomes decisiones con tranquilidad y seguridad jurídica.

Mediación familiar en Navidad: una alternativa eficaz

La mediación familiar es especialmente recomendable en Navidad. Permite:

  • Reducir el impacto emocional en los hijos
  • Alcanzar acuerdos flexibles y realistas
  • Evitar procedimientos judiciales largos y costosos

En DE TERESA Abogados, ofrecemos:

  • Especialización en Derecho de Familia
  • Atención cercana y personalizada
  • Amplia experiencia en custodias, divorcios y mediación
  • Enfoque estratégico y humano

Consejos legales para evitar conflictos familiares en Navidad

Para finalizar, desde DE TERESA Abogados te dejamos algunos consejos prácticos:

  • Revisa tu convenio regulador con antelación
  • Deja constancia escrita de cualquier acuerdo
  • Prioriza siempre el interés del menor
  • Evita decisiones impulsivas
  • Consulta con un abogado de familia antes de que el conflicto escale

Contacta con DE TERESA Abogados

Si estás viviendo una situación complicada en estas fiestas o quieres prevenir problemas legales, contacta con DE TERESA, tu despacho de abogados de Derecho de Familia en España.

Esta Navidad, toma decisiones legales con tranquilidad. En DE TERESA estamos para ayudarte.

Pensiones alimenticias_ cómo calcularlas, mínimos y máximos.

Pensiones alimenticias: cómo calcularlas, mínimos y máximos.

Si estás pasando por un divorcio o separación y te preocupa saber cuánto corresponde pagar o recibir de pensión alimenticia, es normal que tengas dudas. Las pensiones alimenticias son uno de los temas más importantes dentro del Derecho de Familia, porque afectan directamente al bienestar de los hijos.

Como abogados de familia en Madrid, sabemos que cada caso es distinto. Por eso, en este artículo te explicamos de forma clara, cercana y sencilla qué es la pensión alimenticia, cómo se calcula, cuáles son sus mínimos y máximos, y qué suelen tener en cuenta los juzgados de Madrid.

¿Qué es la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia es la cantidad que un progenitor debe abonar para cubrir las necesidades de los hijos tras una separación o divorcio. Está regulada en el Código Civil (artículos 142 y siguientes) y no se limita solo a la comida.

La pensión incluye:

  • Alimentación
  • Vivienda y suministros
  • Ropa y calzado
  • Educación (colegio, material escolar, estudios)
  • Gastos médicos ordinarios
  • Todo lo necesario para el día a día del menor

En Madrid, como en el resto de España, el criterio principal es siempre el interés superior del menor.

¿Hasta cuándo hay que pagar la pensión alimenticia?

Una duda muy habitual es si la pensión termina cuando el hijo cumple 18 años. La respuesta es no necesariamente.

La pensión alimenticia se mantiene mientras:

  • El hijo no tenga independencia económica
  • Continúe con su formación de manera razonable

Solo se extingue cuando el hijo puede mantenerse por sí mismo o cuando concurren causas legales acreditadas.

¿Cómo se calcula la pensión alimenticia en Madrid?

No existe una cifra fija. Los juzgados de familia calculan la pensión teniendo en cuenta dos factores fundamentales:

1. Las necesidades del menor

Se valoran aspectos como:

  • Edad del hijo
  • Centro educativo y gastos escolares
  • Gastos médicos habituales
  • Nivel de vida previo a la separación
  • Lugar de residencia en Madrid

2. La capacidad económica de los progenitores

Aquí se analizan:

  • Ingresos netos reales
  • Estabilidad laboral
  • Tipo de contrato
  • Patrimonio
  • Otras cargas familiares

El objetivo es que la pensión sea justa y proporcionada, evitando situaciones abusivas para cualquiera de las partes.

Tablas orientadoras de pensión alimenticia

Muchos abogados y juzgados utilizan las tablas orientadoras del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como referencia inicial.

Estas tablas tienen en cuenta:

  • Ingresos de ambos progenitores
  • Número de hijos
  • Tipo de custodia

Aunque no son obligatorias, en Madrid se usan con frecuencia como punto de partida. Nosotros, como despacho especializado en Derecho de Familia podemos ayudarte a interpretarlas y defender la cantidad que realmente corresponde en tu caso.

¿Cuál es el mínimo de la pensión alimenticia?

No existe un mínimo legal fijado por ley, pero la práctica judicial ha establecido una pensión mínima de subsistencia.

En los juzgados de Madrid, lo habitual es que:

  • El mínimo ronde entre 150 y 200 euros por hijo

Incluso cuando el progenitor tiene pocos ingresos, los tribunales suelen fijar una cantidad mínima para garantizar las necesidades básicas del menor. Solo en situaciones muy excepcionales se reduce o suspende.

¿Hay un máximo de pensión alimenticia?

Tampoco existe un máximo legal. El límite lo marca el principio de proporcionalidad.

En familias con ingresos elevados, los jueces pueden fijar pensiones más altas, ya que los hijos tienen derecho a mantener el nivel de vida que tenían antes de la ruptura.

Eso sí, los juzgados exigen siempre que los gastos estén bien justificados y sean razonables.

Pensión alimenticia y custodia compartida

En los casos de custodia compartida, muchas personas creen que no existe pensión alimenticia. Esto no siempre es así.

En Madrid, dependerá de:

  • La diferencia de ingresos entre los progenitores
  • El reparto del tiempo con los hijos
  • Qué gastos asume cada uno

En algunos casos se establece una pensión, y en otros un reparto directo de los gastos ordinarios y extraordinarios.

¿Se puede modificar la pensión alimenticia?

Sí. Es posible solicitar una modificación de medidas cuando hay un cambio importante en la situación:

  • Pérdida o cambio de empleo
  • Aumento o reducción significativa de ingresos
  • Nuevas responsabilidades familiares
  • Cambios en las necesidades del menor

Para ello es fundamental contar con un abogado especialista en Derecho de Familia en Madrid que estudie tu caso y prepare la demanda correctamente.

¿Qué pasa si no se paga la pensión alimenticia?

El impago de la pensión alimenticia tiene consecuencias serias:

  • Reclamación judicial de las cantidades
  • Embargos de sueldo y cuentas
  • Intereses y costas
  • Posible responsabilidad penal por abandono de familia

Si estás pasando por dificultades económicas, es importante actuar a tiempo y solicitar una modificación, nunca dejar de pagar sin más.

¿Por qué contar con un abogado de familia en Madrid?

Cada situación familiar es distinta. Contar con un abogado de familia en Madrid te aporta tranquilidad y seguridad jurídica:

  • Asesoramiento personalizado
  • Defensa de los derechos de tus hijos
  • Negociación o representación ante los juzgados de Madrid
  • Soluciones adaptadas a tu situación real

Si necesitas ayuda con una pensión alimenticia, divorcio, custodia o modificación de medidas, estamos aquí para escucharte y ayudarte. Ponte en contacto con nosotros.

Entender cómo funcionan las pensiones alimenticias, sus mínimos y máximos, te permite tomar mejores decisiones. Con el apoyo de un abogado de familia en Madrid, podrás proteger los intereses de tus hijos y afrontar el proceso con mayor tranquilidad.

Errores más comunes al divorciarse y cómo evitarlos_ guía definitiva para un divorcio seguro en 2025.

Errores más comunes al divorciarse y cómo evitarlos:guía definitiva para un divorcio seguro en 2025.

Divorciarse nunca es sencillo. Más allá del componente emocional, un divorcio implica decisiones legales, económicas y familiares que afectarán tu vida durante años. Sin embargo, muchas personas afrontan el proceso sin información suficiente o basándose en consejos de amigos, rumores o internet. Esto genera errores graves que pueden complicar el procedimiento, aumentar los costes o perjudicar derechos importantes, especialmente cuando hay hijos menores o bienes en común.

En este artículo, nuestros abogados especializados en Derecho de Familia explican los errores más comunes al divorciarse y cómo evitarlos, para que puedas afrontar tu proceso con seguridad, claridad y garantías legales.

1. Tomar decisiones desde el enfado o la impulsividad

El divorcio suele llegar tras meses o años de tensión, discusiones o desgaste emocional. Pero permitir que las emociones dirijan tus decisiones puede ser devastador.

Errores típicos:

  • Firmar acuerdos sin leerlos con calma
  • Negarse a negociar por orgullo
  • Aceptar una custodia o un reparto económico injusto “para acabar rápido”
  • Enviar mensajes impulsivos que luego se usan como prueba

Cómo evitarlo: Antes de cualquier paso importante, habla con un abogado especializado. Él te ayudará a analizar tus opciones, tus derechos y las consecuencias reales de cada decisión. La vía del mutuo acuerdo, aunque requiera diálogo, casi siempre resulta más rápida, económica y beneficiosa.

2. No contratar un abogado experto en Derecho de Familia

Uno de los errores más frecuentes es pensar que cualquier abogado sirve. El Derecho de Familia es un área técnica y delicada, que requiere experiencia específica.

Consecuencias de no contar con un experto:

  • Convenios mal redactados o incompletos
  • Medidas que luego generan conflictos (custodia, visitas, gastos extraordinarios)
  • Repartos patrimoniales injustos o inexactos
  • Procesos judiciales más largos y costosos

Cómo evitarlo:Asegúrate de contratar un despacho especializado en Derecho de Familia, divorcios y custodia. La experiencia en casos similares marca la diferencia entre un proceso ordenado o un conflicto eterno.

3. Creer que “los hijos siempre se quedan con la madre”

Este es uno de los mitos más extendidos, y puede llevar a decisiones erróneas.

En España, los jueces priorizan el interés superior del menor, no el género del progenitor. Hoy en día, la custodia compartida es cada vez más frecuente y suele ser la opción recomendada cuando las circunstancias lo permiten.

Cómo evitar este error:Asesórate desde el principio sobre:

  • Qué tipo de custodia encaja con tu situación
  • Qué valora un juez para concederla
  • Cómo demostrar la implicación en la vida de tus hijos

Un buen convenio regulador es clave para garantizar estabilidad a los menores y evitar conflictos futuros.

4. No documentar los gastos ni la situación económica

Durante el divorcio pueden establecerse pensiones de alimentos, pensiones compensatorias o acuerdos sobre el uso de la vivienda familiar. Para ello es fundamental demostrar la situación económica real.

Errores frecuentes:

  • No guardar recibos ni facturas
  • No presentar nóminas, declaraciones o extractos
  • Ocultar ingresos o gastos (error gravísimo: se descubre casi siempre)

Cómo evitarlo:Antes de iniciar el proceso, prepara una carpeta con toda la documentación económica. Esto facilita un acuerdo justo y evita problemas con Hacienda o con el juzgado.

5. Subestimar la importancia del convenio regulador

El convenio regulador es el documento que determinará:

  • Custodia
  • Régimen de visitas
  • Pensión de alimentos
  • Pensión compensatoria
  • Uso de la vivienda
  • Reparto de bienes
  • Gastos extraordinarios
  • Reglas de comunicación

Mucha gente lo firma rápido para “salir del paso”, pero después se arrepiente cuando los problemas aparecen.

Cómo evitarlo: Dedica tiempo a redactarlo con un abogado especializado. Un convenio claro y completo es la mayor garantía para evitar discusiones, demandas y revisiones futuras.

6. Pensar que un divorcio de mutuo acuerdo no necesita asesoramiento

Aunque ambas partes estén de acuerdo, el convenio sigue teniendo consecuencias legales a largo plazo. Un error en su redacción puede generar conflictos durante años.

Cómo evitarlo: Incluso en mutuo acuerdo, un abogado debe revisar o elaborar el convenio. El coste es mínimo comparado con las ventajas y la seguridad jurídica.

7. No proteger el patrimonio antes y después de la separación

Muchas personas desconocen las implicaciones del régimen económico matrimonial (gananciales, separación de bienes o participación) y esto lleva a repartos injustos o pérdidas patrimoniales.

Errores frecuentes:

  • No hacer inventario de bienes
  • Vender o mover dinero sin asesoramiento
  • No valorar empresas, propiedades o inversiones
  • Desconocer qué bienes son privativos y cuáles son gananciales

Cómo evitarlo: Antes de iniciar el proceso, un abogado debe analizar tu situación patrimonial y orientarte en el reparto justo según la ley.

8. Hacer caso a “consejos” de amigos, conocidos o internet

Cada divorcio es único. Lo que sirvió para otra persona puede ser perjudicial en tu caso.

Ejemplos de malos consejos comunes:

  • “No pagues nada hasta que lo diga un juez”
  • “Los bienes se reparten siempre al 50%”
  • “No puedes pedir custodia compartida si trabajas mucho”
  • “Si te vas de casa, pierdes la vivienda”

Cómo evitarlo: Confía solo en información legal contrastada y en profesionales cualificados.

9. No pensar en el largo plazo

Muchas decisiones del divorcio tienen impacto durante años:

  • Cuotas hipotecarias
  • Gastos de los hijos
  • Reparto patrimonial
  • Fiscalidad
  • Efectos sobre nuevas parejas

Cómo evitarlo: Busca acuerdos realistas y sostenibles. Tu abogado debe explicarte las consecuencias futuras de cada decisión.

10. No buscar ayuda cuando la situación se complica

A veces el conflicto escala: discusiones, incumplimientos, manipulación de los menores, violencia psicológica, amenazas… Ignorar estos problemas empeora la situación y complica la defensa.

Cómo evitarlo: Pide ayuda legal en cuanto notes señales de conflicto. Cuanto antes actúes, más opciones tendrás para proteger tus derechos y los de tus hijos.

Conclusión: Un divorcio seguro empieza con la información correcta

Divorciarse es un proceso delicado, pero evitar estos errores marca la diferencia entre un procedimiento rápido y justo, o uno lleno de conflictos, gastos y frustración. La clave está en contar con asesoramiento especializado y tomar decisiones conscientes, informadas y orientadas al bienestar propio y de los hijos.

¿Necesitas ayuda con tu divorcio?

Si buscas un abogado de familia para divorcio, custodia, pensiones o reparto de bienes, nuestro despacho puede ayudarte a iniciar el proceso con la mayor seguridad y rapidez. Contáctanos ahora y recibe una primera orientación profesional. Tu tranquilidad legal empieza hoy.

¿Pueden los mensajes de WhatsApp ser prueba judicial en un divorcio_

¿Pueden los mensajes de WhatsApp ser prueba judicial en un divorcio?

En la actualidad, gran parte de nuestra comunicación diaria se realiza a través del teléfono móvil. En un proceso de divorcio, los mensajes de WhatsApp suelen convertirse en un elemento clave para acreditar determinadas conductas, pactos o situaciones personales. Sin embargo, no todo lo que se envía o recibe por esta aplicación tiene automáticamente validez jurídica. En este artículo, desde DE TERESA ABOGADOS, despacho especializado en Derecho de Familia en Madrid, te explicamos cuándo y cómo pueden utilizarse los mensajes de WhatsApp como prueba en un divorcio, y qué precauciones debes tener en cuenta.

La validez de las pruebas digitales en los procesos de divorcio

El Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) no excluyen las pruebas digitales como medio de acreditación de hechos. De hecho, el artículo 299 de la LEC establece que podrán aportarse al proceso “los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, así como los instrumentos que permitan archivar y conocer datos relevantes para el juicio”. En este marco, los mensajes de WhatsApp se consideran documentos electrónicos válidos, siempre que cumplan determinados requisitos.

En los últimos años, los tribunales españoles han admitido con frecuencia mensajes de WhatsApp, correos electrónicos o conversaciones de redes sociales como prueba documental, siempre que se garantice su autenticidad e integridad. Esto significa que el juez debe tener la certeza de que los mensajes no han sido manipulados y que realmente fueron enviados y recibidos por las personas que se mencionan.

¿Qué tipo de mensajes pueden ser relevantes en un divorcio?

Durante un procedimiento de divorcio —ya sea contencioso o de mutuo acuerdo— los mensajes de WhatsApp pueden aportar información útil sobre múltiples cuestiones, tales como:

  • Pruebas de comunicación entre los cónyuges: acuerdos verbales sobre régimen de visitas, reparto de gastos, custodia o pensión alimenticia.
  • Pruebas de incumplimiento: mensajes que demuestran la falta de pago de la pensión o el incumplimiento de un régimen de visitas.
  • Pruebas de conducta: en algunos casos, conversaciones que revelan maltrato verbal, amenazas o conductas que puedan influir en la atribución de la custodia o el uso de la vivienda familiar.
  • Reconocimiento de hechos: mensajes en los que una de las partes admite una determinada situación (por ejemplo, una infidelidad, o la existencia de deudas compartidas).

Sin embargo, no todos los mensajes son válidos ni útiles jurídicamente. La relevancia dependerá del contexto y de la forma en que se aporten al proceso.

Cómo presentar los mensajes de WhatsApp correctamente

Uno de los errores más comunes es presentar capturas de pantalla sin ninguna verificación técnica. Aunque a veces los tribunales las admiten, su fuerza probatoria puede ser limitada, ya que siempre cabe la posibilidad de manipulación.

Desde DE TERESA ABOGADOS recomendamos aportar la conversación completa certificada por un perito informático o a través de un acta notarial. Esto refuerza la autenticidad de los mensajes y evita que la otra parte pueda impugnar la prueba por falta de garantías.

Recomendaciones prácticas:

  1. Evita borrar conversaciones.
    Mantén intacto el contenido del chat hasta que sea revisado por tu abogado o por un perito.
  2. No manipules capturas.
    Cambiar el orden, editar mensajes o añadir información puede invalidar la prueba.
  3. Solicita una certificación pericial.
    Un perito informático forense puede acreditar la fecha, hora, remitente y destinatario de los mensajes.
  4. Acta notarial.
    El notario puede levantar acta de la conversación, lo que dota a la prueba de mayor valor y fiabilidad.

Qué dicen los tribunales: jurisprudencia relevante

Los tribunales españoles han ido consolidando criterios sobre la validez de los mensajes de WhatsApp. Por ejemplo:

  • Audiencia Provincial de Madrid (Sección 22ª, sentencia de 6/11/2019): admitió los mensajes de WhatsApp como prueba válida al considerar acreditada su autenticidad mediante acta notarial.
  • Tribunal Supremo (Sentencia 300/2015, de 19 de mayo): reconoció la validez de mensajes de texto y correos electrónicos como prueba documental, siempre que se garantice la integridad del contenido.
  • Audiencia Provincial de Barcelona: desestimó la validez de capturas sin verificación técnica, al no poder acreditarse que los mensajes no hubieran sido manipulados.

Estas resoluciones dejan claro que los mensajes de WhatsApp pueden ser prueba judicial válida, pero deben presentarse con garantías técnicas y jurídicas.

¿Qué ocurre si la otra parte niega haber enviado los mensajes?

Es habitual que, al presentar mensajes de WhatsApp, la otra parte niegue su autenticidad. En esos casos, el juez puede ordenar la verificación pericial o requerir a las compañías telefónicas información complementaria. Sin embargo, estas empresas no conservan el contenido de los mensajes, por lo que el peritaje del dispositivo móvil suele ser la vía más efectiva.

En DE TERESA ABOGADOS analizamos cada caso de forma individual para determinar qué pruebas digitales son admisibles y cómo deben presentarse. Una mala aportación de pruebas puede volverse en contra del cliente, por lo que es esencial contar con asesoramiento especializado desde el inicio del procedimiento.

Privacidad y límites legales

Es importante subrayar que no se pueden utilizar pruebas obtenidas vulnerando derechos fundamentales, como el derecho a la intimidad o al secreto de las comunicaciones. Por tanto, no es lícito acceder al teléfono móvil de la pareja sin su consentimiento o utilizar conversaciones privadas de terceros.

El artículo 90 del Código Penal y la jurisprudencia constitucional son claros: toda prueba obtenida de forma ilícita será inadmisible. En consecuencia, solo pueden presentarse mensajes a los que el cliente haya tenido acceso legítimo.

Los mensajes de WhatsApp sí pueden ser prueba válida… si se presentan correctamente

En resumen, los mensajes de WhatsApp pueden servir como prueba judicial en un divorcio, pero su eficacia depende de cómo se obtengan, verifiquen y presenten. Las nuevas tecnologías ofrecen herramientas útiles, pero también exigen rigor jurídico y técnico.

En DE TERESA ABOGADOS, despacho especializado en Derecho de Familia en Madrid, ayudamos a nuestros clientes a preparar correctamente las pruebas digitales y a diseñar la mejor estrategia procesal para defender sus intereses, ya sea en un divorcio, una modificación de medidas o un procedimiento de custodia.

¿Necesitas asesoramiento legal? Si te enfrentas a un proceso de divorcio y quieres saber si tus mensajes de WhatsApp pueden ayudarte, contacta con DE TERESA ABOGADOS.
Atendemos casos en Madrid y en toda España, ofreciendo atención personalizada, confidencial y eficaz.

Conviene una separación de mutuo acuerdo

¿Conviene una separación de mutuo acuerdo? Análisis jurídico y ventajas reales.

Cuando un matrimonio llega a su fin, una de las primeras decisiones que deben tomarse es cómo gestionar legalmente la separación. En España, el ordenamiento jurídico permite dos vías: la separación contenciosa y la separación de mutuo acuerdo.

Esta última se ha consolidado como la opción más práctica y equilibrada, especialmente cuando ambos cónyuges buscan una solución rápida y sin conflictos. Pero ¿realmente conviene en todos los casos? Desde De Teresa Abogados, despacho especializado en Derecho de Familia en Madrid, analizamos las ventajas, requisitos y limitaciones de esta modalidad.

¿Qué es una separación de mutuo acuerdo?

La separación de mutuo acuerdo es el procedimiento mediante el cual ambos cónyuges deciden conjuntamente poner fin a su convivencia matrimonial, estableciendo de manera consensuada las medidas personales y económicas derivadas de esa ruptura.

Puede tramitarse de dos formas:

  • Ante el Juzgado, cuando existen hijos menores o dependientes.
  • Ante notario, si no los hay, conforme al artículo 82 del Código Civil y la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria.

En ambos casos, se debe presentar un convenio regulador, documento esencial en el que se pactan cuestiones como:

  • Custodia y régimen de visitas de los hijos.
  • Uso de la vivienda familiar.
  • Pensión compensatoria o alimenticia.
  • Liquidación del régimen económico matrimonial.

Ventajas jurídicas de la separación de mutuo acuerdo

1. Rapidez y menor carga procesal

Una separación contenciosa puede prolongarse durante meses —o incluso más de un año— dependiendo de la carga judicial. En cambio, la separación de mutuo acuerdo puede resolverse en apenas unas semanas, sobre todo si se tramita ante notario.

La rapidez se traduce en menor desgaste emocional y económico para ambas partes.

2. Ahorro de costes

Al tratarse de un procedimiento conjunto, ambos cónyuges pueden ser representados por un único abogado y procurador, lo que reduce significativamente los honorarios.

Además, se evitan los gastos derivados de vistas judiciales o recursos.

3. Mayor control sobre las decisiones

Una de las mayores ventajas es que las decisiones se toman entre los propios cónyuges, no impuestas por un juez.
Esto permite diseñar un convenio adaptado a las circunstancias reales de cada familia y con mayor posibilidad de cumplimiento voluntario.

4. Menor impacto emocional y familiar

El enfoque cooperativo reduce la tensión, especialmente cuando hay hijos menores. Mantener una comunicación cordial facilita el cumplimiento de las medidas y protege el bienestar emocional de los hijos, algo que el Derecho de Familia siempre debe priorizar.

Limitaciones y cuándo no conviene

No obstante, no todos los casos son adecuados para un mutuo acuerdo. Esta vía puede no ser recomendable si:

  • Existe un grave conflicto personal o falta de diálogo entre los cónyuges.
  • Se sospecha ocultación de bienes o ingresos.
  • Hay violencia de género o doméstica, ya que la ley impide tramitar la separación conjunta en esos casos.

En tales situaciones, lo más prudente es acudir a la vía contenciosa, donde el juez puede adoptar medidas protectoras y garantizar la equidad entre las partes.

Tramitación paso a paso

  1. Consulta con abogado especializado: Se revisa la documentación, situación económica y familiar.
  2. Redacción del convenio regulador, ajustado a la normativa y equitativo para ambas partes.
  3. Firma del convenio y presentación conjunta ante el Juzgado o el Notario.
  4. Ratificación de los cónyuges (si procede).
  5. Emisión del decreto judicial o escritura notarial, que formaliza la separación.

Una vez aprobado, el documento se inscribe en el Registro Civil, adquiriendo plenos efectos legales.

Aspectos fiscales y patrimoniales

El convenio regulador también puede incluir la liquidación del régimen económico matrimonial, evitando futuras disputas.

Desde el punto de vista fiscal, conviene estudiar el tratamiento de las pensiones compensatorias o alimenticias, ya que pueden tener implicaciones tributarias (deducciones o tributaciones distintas según el caso).

Un abogado de familia con experiencia puede coordinar la separación con un asesor fiscal para garantizar un resultado equilibrado y conforme a la ley.

¿Cuándo conviene optar por el mutuo acuerdo?

En términos generales, la separación de mutuo acuerdo conviene siempre que haya un mínimo de buena fe y disposición al diálogo.

Es la opción más aconsejable cuando:

  • No existen conflictos graves sobre los hijos.
  • Las partes buscan una solución rápida y económica.
  • Hay voluntad de transparencia económica.

No obstante, cada situación familiar requiere un análisis individualizado. Lo ideal es consultar con un abogado de familia que valore la conveniencia jurídica y emocional de esta vía según las circunstancias concretas.

La separación de mutuo acuerdo es, sin duda, la vía más eficiente, económica y humana para poner fin a un matrimonio en España. Permite mantener el control de las decisiones, reducir los costes y evitar conflictos prolongados.

Sin embargo, su éxito depende de la existencia de diálogo y respeto mutuo. En De Teresa Abogados, en Madrid, estudiamos cada caso con rigor jurídico y sensibilidad personal, orientando a nuestros clientes hacia la opción que mejor proteja sus intereses y los de su familia.

 ¿Necesitas asesoramiento sobre separación o divorcio en Madrid?

Ponte en contacto con nosotros. Somos especialistas en Derecho de Familia.
Ofrecemos atención personalizada y soluciones legales adaptadas a cada situación.

Derechos de las parejas de hecho en España_ lo que debes saber

Derechos de las parejas de hecho en España: lo que debes saber

En el momento actual, muchas parejas optan por formalizar su relación como pareja de hecho en lugar de matrimonio. Pero ¿qué derechos y obligaciones conlleva esta figura? ¿Qué diferencias legales existen respecto al matrimonio? En este artículo, desde nuestro despacho de abogados especializado en derecho de familia, te explicamos de forma clara los aspectos más importantes: qué es, cómo se registra, qué derechos tienes y cuáles son los puntos críticos. Si estás en una unión de hecho o te lo estás planteando, leer esto puede marcar la diferencia.

¿Qué es una pareja de hecho?

La figura de la pareja de hecho se refiere a la unión estable de dos personas que conviven de un modo análogo al matrimonio, pero sin haberse casado.

Aunque no existe una norma estatal única que regule todas las parejas de hecho, sí hay normativa autonómica y local que las reconoce y regula.  

Para que una pareja (heterosexual u homosexual) pueda acreditar esta situación, suelen requerirse los siguientes requisitos (aunque varían según la Comunidad Autónoma):

  • Ser mayor de edad (o emancipado) y no estar incapacitado judicialmente.  
  • No estar casado ni estar inscrito previamente como pareja de hecho con otra persona.  Por ejemplo, en Madrid: estar empadronados en el mismo domicilio durante un período ininterrumpido de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de inscripción y tener su residencia en la Comunidad de Madrid.
  • No tener parentesco directo (padres, hijos, hermanos) con la otra persona.  
  • Acreditar la convivencia estable, pública y notoria.  
  • En muchas comunidades, estar empadronados juntos o acreditar periodos mínimos de convivencia.  

El registro en un “Registro de Uniones de Hecho” de la Comunidad Autónoma o del Ayuntamiento permite adquirir efectos jurídicos frente a terceros y la Administración.  

¿Qué derechos tienen las parejas de hecho?

Derechos laborales y de seguridad social

  • Las parejas de hecho tienen derecho a ciertos permisos y licencias reconocidos también en el ámbito laboral. Por ejemplo, el derecho a permiso por fallecimiento o enfermedad grave del otro miembro de la pareja, siempre que se reconozca la unión.  
  • También pueden acceder a determinados derechos de la seguridad social, como la pensión de viudedad en ciertas condiciones.  

Derecho a adopción y familia

Las parejas de hecho, tanto heterosexuales como homosexuales (según la normativa autonómica) pueden adoptar hijos.  

Derecho sanitario y de ayudas sociales

En algunas comunidades, la pareja de hecho inscrita puede tener acceso a la asistencia sanitaria de la pareja, siempre que se cumplan requisitos de convivencia.  

Régimen patrimonial y convivencia

Aunque la pareja de hecho no crea automáticamente un régimen de gananciales como el matrimonio, es recomendable que se pacte un documento privado o ante notario donde se regulen cuestiones patrimoniales, como la adquisición de bienes, obligaciones de manutención, reparto en caso de ruptura.  

¿Qué derechos NO tienen, o tienen con más limitaciones?

Es crucial que quienes conviven como pareja de hecho conozcan las diferencias con el matrimonio, para no llevarse sorpresas.

  • No siempre tienen derecho automático a la herencia del otro si fallece sin testamento. En el Código Civil español no están recogidos los derechos hereditarios para la pareja de hecho en el ámbito general. c
  • No pueden tributar conjuntamente en el IRPF en muchas comunidades autónomas, lo que sí ocurre para los matrimonios.  
  • No existe un permiso laboral automático por “matrimonio” aplicable a parejas de hecho en muchas situaciones.  
  • Algunos derechos dependerán estrictamente de la inscripción en el registro de parejas de hecho o de la normativa autonómica aplicable; sin inscripción, los efectos pueden limitarse. 

¿Por qué es importante inscribirse como pareja de hecho?

La inscripción ofrece varias ventajas relevantes para el asesoramiento legal:

  • Acredita la relación ante la Administración, lo que facilita derechos como la pensión de viudedad, sanidad, ayudas sociales, permisos laborales.  
  • Facilita la organización patrimonial y de protección mutua: al pactar un convenio de convivencia (o capitulaciones) se pueden prever bienes comunes, obligaciones de manutención, etc.  
  • En caso de separación, acreditarse como pareja de hecho y estar inscritos puede evitar conflictos y proteger intereses de ambos miembros.

Separación, disolución y gestión de la ruptura

Cuando una pareja de hecho decide separarse, no existe “divorcio” al uso, pero sí se da una disolución de la unión. En este escenario conviene atender a:

  • La liquidación del convenio de convivencia o pactos patrimoniales existentes.
  • En ausencia de pacto, los bienes adquiridos pueden quedar en función de lo aportado o del régimen que se haya fijado.
  • En algunos casos, uno de los miembros podría reclamar una compensación o indemnización, si se demuestra que ha existido un desequilibrio económico tras la ruptura.  
  • Si no está inscrita la pareja de hecho, demostrar la convivencia estable puede ser más difícil en tribunales o ante la Administración.

Consejos clave para parejas de hecho 

Como abogados especializados en derecho de familia, sugerimos a las parejas de hecho que:

  1. Verifiquen la normativa autonómica aplicable en su Comunidad Autónoma (ya que los derechos varían).
  2. Formalicen su registro de pareja de hecho lo antes posible: ello da mayor seguridad jurídica.
  3. Redacten un convenio de convivencia ante notario o mediante documento escrito que recoja: régimen económico patrimonial, reparto de bienes, obligaciones de manutención, destino de la vivienda, etc.
  4. Hagan testamento recíproco para asegurar derechos sucesorios si fallece uno de los miembros.
  5. Tengan constancia documental de convivencia: empadronamiento común, facturas, vida en común. Esto facilitará acreditarlo en caso de necesidad.
  6. Consulten asesoramiento en caso de separación: aunque no tengan todos los derechos del matrimonio, pueden tener otros que exigir.

¿Por qué contratar un despacho de abogados especializado?

En nuestro despacho DE TERESA ABOGADOS, contamos con amplia experiencia en asesoramiento de parejas de hecho, tanto en su constitución como en la resolución de conflictos patrimoniales, separaciones o herencias.

  • Asesoramos la inscripción en el registro correspondiente y la verificación de requisitos autonómicos.
  • Redactamos convenios de convivencia y capitulaciones para proteger sus derechos.
  • Actuamos en procesos de disolución de pareja de hecho, liquidación de bienes y asesoramiento sobre indemnizaciones.

Si convives en pareja y quieres proteger tus derechos, o si estás a punto de formalizar la unión, no dejes al azar cuestiones tan importantes como la herencia, los bienes o las obligaciones mutuas. Contáctanos ahora para una consulta personalizada y protegemos juntos tu futuro.

La figura de la pareja de hecho en España ofrece una alternativa válida al matrimonio, con derechos importantes, pero también con limitaciones relevantes que es imprescindible conocer. La clave está en la inscripción, la documentación y en adoptar las medidas jurídicas adecuadas para proteger los intereses de ambos miembros de la unión. Como despacho especializado, estamos para ayudarte a entender tus opciones, asegurar tus derechos y actuar cuando sea necesario. Si tú o tu pareja estáis considerando dar este paso, o queréis asesoramiento sobre la situación actual de vuestra unión, no dudéis en contactar con nuestro equipo.

LA CASA NIDO EN ESPAÑA

La casa nido en España: qúe es, cómo funciona y cuándo conviene

En los procedimientos de separación o divorcio con hijos menores, uno de los aspectos más sensibles es la atribución del uso de la vivienda familiar. Tradicionalmente, la residencia se asignaba al progenitor custodio, pero en los últimos años ha surgido una alternativa: el sistema de casa nido.

Desde De Teresa Abogados, despacho especializado en Derecho de Familia en Madrid, analizamos en este artículo qué es la casa nido, cómo se encuadra en nuestro ordenamiento jurídico, qué ventajas y riesgos presenta, y en qué supuestos puede resultar recomendable.

¿Qué es el sistema de “casa nido”?

El sistema de casa nido consiste en que los hijos permanecen en la vivienda familiar tras la separación o el divorcio, mientras que son los progenitores quienes se alternan para convivir con ellos durante los periodos de custodia que les correspondan.

En otras palabras, los menores no se trasladan de domicilio, sino que es el padre y la madre quienes entran y salen de la vivienda en función del régimen acordado o fijado judicialmente.

Este modelo pretende minimizar el impacto emocional y logístico en los menores, manteniendo su entorno habitual —colegio, amigos, vecindario— y desplazando la incomodidad del cambio a los adultos.

Fundamento jurídico y encaje en el Código Civil

Aunque el Código Civil no regula expresamente la figura de la casa nido, esta se enmarca dentro de los artículos 90 y 96 del Código Civil, que tratan sobre el convenio regulador y el uso de la vivienda familiar.

  • Artículo 90 CC: permite que los progenitores, en su convenio regulador, establezcan las medidas sobre el uso del domicilio familiar y la guarda y custodia de los hijos.
  • Artículo 96 CC: dispone que, en defecto de acuerdo, el uso de la vivienda familiar se atribuirá a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden.

Por tanto, la casa nido es una forma derivada de atribución del uso de la vivienda familiar que puede ser acordada por los progenitores o excepcionalmente aprobada por el juez, siempre en atención al interés superior del menor (art. 2 de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor).

Ventajas del sistema de casa nido

  1. Estabilidad emocional y logística para los hijos: los menores mantienen su hogar, su habitación, su entorno escolar y social, reduciendo el impacto de la ruptura.
  2. Evita disputas por la vivienda: al mantenerse el uso compartido, no se atribuye la casa en exclusiva a ninguno de los progenitores.
  3. Favorece la custodia compartida: en algunos casos, facilita el reparto equilibrado de tiempos de convivencia.
  4. Protege el interés del menor, principio rector del Derecho de Familia, que prima sobre cualquier otro interés legítimo (art. 2 LO 1/1996).

Inconvenientes y riesgos prácticos

Pese a su aparente equilibrio, el sistema de casa nido presenta importantes desventajas que deben ser valoradas con rigor jurídico:

  1. Elevado coste económico: exige que cada progenitor disponga de otra vivienda o alojamiento alternativo.
  2. Problemas de convivencia indirecta: la alternancia en la misma casa puede generar tensiones (uso de enseres, limpieza, gastos, mantenimiento).
  3. Carencia de regulación específica: al no existir normativa detallada, su aplicación depende del criterio judicial y de la buena fe de los padres.
  4. Temporalidad: el Tribunal Supremo considera que este sistema no debe mantenerse de forma indefinida, sino como solución transitoria mientras se estabiliza la nueva situación familiar.

Requisitos para su viabilidad

Para que un juez o convenio regulador apruebe el modelo de casa nido, deben concurrir ciertos requisitos:

  • Acuerdo expreso de ambos progenitores (art. 90 CC).
  • Colaboración efectiva y comunicación fluida.
  • Capacidad económica suficiente para sostener tres viviendas (la común y las de cada progenitor).
  • Previsión de gastos y mantenimiento claros en el convenio regulador.
  • Duración limitada o revisable, evitando situaciones de bloqueo o conflicto.

Desde De Teresa Abogados, siempre recomendamos documentar de forma precisa la duración, los turnos de ocupación, la distribución de gastos, la conservación del inmueble y un mecanismo de revisión o sustitución del sistema si deja de ser viable.

Ejemplo práctico

Imaginemos un matrimonio con dos hijos menores en Madrid. Ambos progenitores trabajan, y deciden implantar un sistema de custodia compartida mediante casa nido durante los primeros dos años tras el divorcio.

Durante ese tiempo, los hijos permanecen en la vivienda familiar en Chamartín, mientras los padres se alternan cada semana. En el convenio regulador se establece que:

  • Los gastos comunes de la vivienda (IBI, comunidad, suministros) se abonan al 50 %.
  • La casa nido se mantendrá hasta que los hijos finalicen un ciclo escolar o hasta que cualquiera de los progenitores solicite una modificación de medidas.
  • Transcurrido el plazo, la vivienda se venderá o adjudicará según lo dispuesto en sentencia.

Este modelo puede ser útil como fase transitoria, pero requiere planificación y compromiso.

El análisis de la casa nido exige una evaluación jurídica y económica personalizada. En De Teresa Abogados, asesoramos a cada cliente valorando:

  • La titularidad del inmueble (privativa o ganancial).
  • La viabilidad real del sistema según los ingresos y circunstancias.
  • El impacto emocional y logístico para los hijos.
  • La conveniencia de incluir cláusulas de revisión o de sustitución progresiva del sistema.

Nuestro objetivo es garantizar que las medidas adoptadas cumplan con el interés superior del menor, sin generar conflictos futuros o desequilibrios patrimoniales entre los progenitores.

El sistema de casa nido representa una opción moderna para gestionar la custodia compartida y el uso de la vivienda familiar tras una ruptura. Sin embargo, su aplicación práctica requiere un análisis jurídico serio, equilibrio económico y voluntad de cooperación entre los progenitores.

Como despacho especializado en Derecho de Familia en Madrid, De Teresa Abogados ofrece asesoramiento integral para valorar si este modelo es viable en su caso, diseñando convenios reguladores claros, seguros y adaptados a las necesidades de cada familia.

Si se encuentra en proceso de separación o divorcio y desea conocer si el sistema de casa nido puede aplicarse en su situación, contacte con nuestro despacho en Madrid.

Le ofreceremos una primera orientación jurídica personalizada y confidencial, centrada en proteger el bienestar de sus hijos y sus derechos como progenitor.

PRINCIPALES RAZONES PARA LA RETIRADA DE CUSTODIA DE LOS HIJOS

Principales razones para la retirada de custodia de los hijos

En este artículo vamos a examinar las principales causas por las cuales un progenitor puede perder la custodia —o que se modifique la custodia— de sus hijos menores en España. Este conocimiento es esencial tanto para padres como para madres que atraviesan un proceso de separación o divorcio, o que ya tienen medidas de custodia vigentes y desean comprender sus derechos y obligaciones.

¿Qué entendemos por “custodia” en España?

Aunque hablamos de «quitar la custodia», conviene aclarar previamente que en el ordenamiento español el término “custodia” hace referencia al cuidado personal del menor (quién lo tiene en su residencia habitual, quién decide sobre aspectos de su vida diaria, etc.).

 Además existe la patria potestad, que comprende derechos y deberes más amplios de los progenitores. Los tribunales tienen como principio rector el interés superior del menor — es decir, lo que más le conviene al niño o niña en su situación concreta. Cuando ese interés se ve comprometido por la conducta o por las circunstancias de uno de los padres, puede plantearse una modificación de las medidas judiciales, incluyendo la custodia.
Por tanto: no es fácil “quitar la custodia” simplemente porque uno de los progenitores lo solicite; deben concurrir razones justificadas y acreditadas.

¿Por qué motivos se puede revocar o modificar la custodia?

A continuación repasamos las causas más frecuentes en España que pueden llevar a que un juez modifique o revoque la custodia de los hijos a favor de otro progenitor o que intervenga de algún modo — como la pérdida temporal de la guarda, o incluso la pérdida de la patria potestad.

1. Conductas violentas, físicas, psicológicas o sexuales

Una de las razones más contundentes es la existencia de violencia contra el menor o en el entorno del menor por parte del progenitor que ostenta la custodia. Cuando hay riesgo para la integridad física, psíquica o moral del menor, el tribunal puede considerar que su permanencia con ese progenitor no es compatible con su bienestar.

De igual modo, si el progenitor tiene antecedentes penales por maltrato, abuso o agresión, esto influye muchísimo en la evaluación de la custodia.

2. Abandono o negligencia grave en el cuidado del menor

Si el progenitor custodio descuida de forma grave las necesidades básicas del menor —higiene, alimentación, atención médica, escolarización—, o permite que el menor falte de forma habitual a la escuela y no da una respuesta razonable, esto puede ser motivo de modificación de la custodia.  


Ejemplo: falta de escolarización que compromete el desarrollo del menor; o abandono de la función parental.

3. Adicciones o una vida desordenada que afecta al menor

Cuando el progenitor custodio tiene adicciones importantes (droga, alcohol) o un modo de vida tan desordenado que afecta claramente al entorno del menor (violencia, parejas conflictivas, ambientes inseguros), los jueces lo tienen muy en cuenta.
No basta con un consumo ocasional o recreativo que no afecte al menor, sino que debe darse una afectación real al cuidado del niño.

4. Cambios de residencia o movilidad que perjudican al menor

Aunque no es tan evidente como los motivos anteriores, la jurisprudencia española ha considerado que un traslado del progenitor custodio a un lugar que disturbe en exceso la vida del menor (cambio de colegio, alejamiento del entorno, pérdida de grupo de apoyo social) puede motivar la modificación de la custodia. 
La clave está en si ese traslado altera “excesivamente” la estabilidad del menor.

5. Manipulación del menor o alienación parental

Otro motivo que cada vez adquiere mayor peso es cuando uno de los progenitores utiliza al hijo como instrumento contra el otro, fomentando el rechazo o dificultando la relación con el otro progenitor sin causa justificada. A veces se habla de “alienación parental”, aunque no esté aludido literalmente en todas las leyes.
Si se prueba que esas conductas dificultan el vínculo del menor con el otro progenitor, puede modificarse la custodia.

6. Incumplimiento de obligaciones judiciales u órdenes del régimen de visitas

Cuando uno de los progenitores no respeta el régimen de visitas, no colabora con las medidas establecidas, no paga la pensión o incumple sistemáticamente las resoluciones judiciales, puede perder su posición de custodia o verse modificada. 
Esto no significa que se quite automáticamente la custodia, pero es un factor que el tribunal valorará.

¿Cómo se tramita el cambio o la pérdida de la custodia?

En nuestro despacho De Teresa Abogados guiamos a los progenitores interesados en solicitar la modificación de medidas o la custodia por estas razones. El procedimiento habitual incluye:

  • Presentar solicitud ante el juzgado de familia competente, con argumentos específicos y pruebas (informes psicosociales, periciales, prueba de malos tratos, informes de servicios sociales…).
  • Demostrar que han cambiado las circunstancias de forma sustancial y que el mantenimiento de la custodia vigente perjudica al menor.
  • Garantizar siempre el principio de audiencia del menor según su edad y grado de madurez.
  • Acompañamiento legal experto para articular la estrategia procesal: qué tipo de medida concreta solicitar (cambio de guarda, modificación de régimen de visitas, custodia exclusiva, etc.).
  • En muchos casos, intervención de servicios sociales o informes de peritos.
  • Importante: La custodia puede ser modificada, no necesariamente “cambiada” de forma definitiva inmediatamente. El tribunal puede imponer medidas cautelares o temporales.

¿Qué puede hacer un progenitor que teme que le quiten la custodia o está en riesgo de ello?

Si eres progenitor y tienes alguna de las siguientes situaciones, es vital actuar cuanto antes:

  • Solicita asesoramiento legal especializado para estudiar tu caso concreto.
  • Si tienes un problema de adicción, violencia doméstica o vida desordenada: demuestra que estás trabajando en ello (tratamiento, terapia, cambio de conducta).
  • Asegúrate de cumplir con todas las resoluciones judiciales vigentes (pensión, visitas, custodia, etc.).
  • Facilita la relación del menor con el otro progenitor cuando esté estipulada; muestra buena fe.
  • Recoge pruebas de tu dedicación, de tu entorno de crianza, de que el menor se encuentra con estabilidad y bienestar contigo.

En De Teresa Abogados contamos con experiencia en derecho de familia y conocedores de los mecanismos de modificación de custodia y protección del menor. Nuestro asesoramiento está orientado a:

  • Analizar detenidamente tu situación personal y familiar.
  • Diseñar una estrategia jurídica adaptada a tus objetivos y al interés del menor.
  • Preparar todas las pruebas, informes y actuaciones necesarias.
  • Acompañarte en el procedimiento con una visión personalizada y profesional.

Contacta con nosotros para que valoremos tu caso sin compromiso y estudiemos las mejores vías para proteger los derechos del menor y de los progenitores.


La retirada o modificación de la custodia no es algo que se adopte a la ligera por los tribunales en España. Sin embargo, cuando concurren circunstancias graves que afectan al bienestar del menor — como violencia, negligencia, adicciones, manipulación o traslados perjudiciales — es posible que el régimen de custodia vigente sea alterado. Si estás en esta situación o la estás viviendo como progenitor, es fundamental contar con asesoramiento especializado para abordar correctamente el proceso.

En De Teresa Abogados estamos a tu disposición. ¡Contáctanos!

MEDIDAS CAUTELARES EN PROCEDIMIENTOS DE FAMILIA.

Medidas cautelares en procedimientos de familia.

¿Qué son las medidas cautelares en un procedimiento de familia?

En los procedimientos de derecho de familia, especialmente cuando hay menores involucrados, es fundamental garantizar su bienestar desde el inicio del proceso judicial. Por ello, la legislación española prevé la posibilidad de solicitar medidas cautelares previas o coetáneas al procedimiento principal, como el convenio regulador, para proteger de forma inmediata los intereses del menor.

Las medidas cautelares son decisiones judiciales provisionales que buscan evitar situaciones perjudiciales mientras se resuelve el conflicto entre los progenitores. Estas medidas son especialmente relevantes en casos de separación, divorcio o ruptura de parejas no casadas con hijos en común.

¿Cuándo se pueden solicitar las medidas cautelares?

Existen dos momentos clave para solicitar medidas cautelares en un procedimiento de convenio regulador con hijos menores:

1. Medidas provisionales previas a la demanda (Art. 771 LEC)

Antes de presentar la demanda de divorcio o de medidas paterno-filiales, cualquiera de los progenitores puede pedir al juzgado la adopción de medidas urgentes para proteger a los hijos.

Estas medidas suelen tener una duración limitada (máximo 30 días), tiempo en el cual el solicitante deberá presentar la demanda principal.

2. Medidas provisionales coetáneas (Art. 773 LEC)

Estas se solicitan junto con la demanda principal de divorcio o de medidas en relaciones paterno-filiales. Aquí el juez, tras una vista previa, podrá establecer medidas provisionales mientras se tramita el procedimiento judicial.

“Presentada la demanda de nulidad, separación o divorcio, o de relaciones paterno-filiales, el tribunal adoptará, en su caso, las medidas que estime necesarias en interés del menor y de los cónyuges.”

¿Qué tipo de medidas cautelares se pueden solicitar?

El juzgado podrá acordar todas aquellas medidas que considere necesarias para la protección del menor. Las más habituales en un procedimiento de convenio regulador incluyen:

 Custodia provisional

Uno de los puntos más delicados. El juez puede determinar si se concede la custodia monoparental (a uno de los progenitores) o una custodia compartida. Esta decisión será siempre adoptada teniendo en cuenta el interés superior del menor, tal y como establece el artículo 92 del Código Civil.

92.1 “La separación, la nulidad y el divorcio no eximen a los padres de sus obligaciones para con los hijos”

92.2 “El Juez, cuando deba adoptar cualquier medida sobre la custodia, el cuidado y la educación de los hijos menores, velará por el cumplimiento de su derecho a ser oídos y emitirá una resolución motivada en el interés superior del menor sobre esta cuestión”

 Régimen de visitas

Se establece un régimen de visitas para el progenitor que no tiene la custodia, garantizando así el derecho del menor a mantener una relación fluida con ambos progenitores. En casos de riesgo o conflicto, puede acordarse un punto de encuentro familiar o visitas supervisadas.

 Pensión de alimentos

También puede fijarse de forma provisional una pensión alimenticia para cubrir las necesidades del menor (alimentación, vivienda, educación, salud, etc.), conforme al artículo 93 del Código Civil.

“El juez determinará, en todo caso, la contribución que corresponda a cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento.”

 Uso de la vivienda familiar

El juez podrá atribuir el uso de la vivienda familiar a uno de los progenitores, normalmente al que tenga la custodia del menor, con el objetivo de no alterar su entorno habitual. Esta decisión se basa en el artículo 96 del Código Civil.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar medidas cautelares?

 1. Presentación de la solicitud

  • Si es antes de la demanda principal, debe presentarse un escrito motivado explicando la urgencia y las medidas que se solicitan.
  • Si es junto con la demanda, debe incluirse en el escrito inicial del procedimiento de convenio regulador.

 2. Vista judicial

El juzgado citará a ambos progenitores a una vista urgente, donde podrán presentar sus alegaciones y pruebas. En casos graves, el juez podrá acordar medidas inaudita parte (sin oír al otro progenitor) si hay peligro inminente para el menor.

3. Resolución judicial

Una vez celebrada la vista, el juez dictará auto judicial con las medidas acordadas. Estas tendrán vigencia hasta que se dicte sentencia en el procedimiento principal o se modifiquen por nuevas circunstancias.

¿Qué valor tienen las medidas cautelares en el procedimiento principal?

Las medidas cautelares tienen un carácter provisional y no vinculante para la sentencia definitiva. Sin embargo, en la práctica, los jueces suelen tenerlas en cuenta al dictar sentencia, sobre todo si han funcionado adecuadamente y han favorecido el bienestar del menor.

¿Por qué son tan importantes en los convenios reguladores con hijos?

Las medidas cautelares permiten actuar de forma rápida y eficaz en situaciones donde la tramitación judicial puede tardar varios meses. Su función es evitar que, durante ese tiempo, el menor quede desprotegido o se vea inmerso en un conflicto parental.

Solicitar estas medidas demuestra una actitud responsable y comprometida por parte del progenitor solicitante, especialmente si existen riesgos como:

  • Desatención de las necesidades del menor
  • Situaciones de violencia doméstica o psicológica
  • Impedimentos en la relación con uno de los progenitores
  • Cambio repentino de residencia sin autorización

Las medidas cautelares en un convenio regulador para menores son una herramienta jurídica fundamental para garantizar el interés superior del menor durante los procesos de separación o ruptura. Su correcta aplicación puede marcar la diferencia en el desarrollo emocional y personal del niño o niña implicado.

Si estás atravesando un proceso de separación con hijos, te recomendamos acudir a un abogado especializado en derecho de familia. En nuestro despacho, te ayudamos a solicitar las medidas cautelares más adecuadas para proteger a tus hijos y defender tus derechos como padre o madre.

En DE TERESA ABOGADOS somos expertos en derecho de familia y llevamos años ayudando a padres y madres en la negociación y redacción de convenios reguladores, así como en la solicitud urgente de medidas cautelaresContacta con nosotros ahora para una atención rápida y personalizada. Primera consulta gratuita