Hijos mayores de edad no independizados_ ¿Quién paga los gastos, existe custodia y qué pueden hacer los padres_

Hijos mayores de edad no independizados: ¿Quién paga los gastos, existe custodia y qué pueden hacer los padres?

Uno de los errores más habituales tras un divorcio o una separación es pensar que todas las medidas acordadas respecto de los hijos desaparecen automáticamente cuando estos cumplen 18 años. Sin embargo, la realidad jurídica es muy distinta. En España, alcanzar la mayoría de edad no implica necesariamente la independencia económica ni pone fin de forma automática a determinadas obligaciones de los progenitores.

Cada vez es más frecuente que los hijos mayores de edad continúen estudiando, tengan dificultades para acceder al mercado laboral o sigan dependiendo económicamente de sus padres durante varios años. Esta situación genera numerosas dudas: ¿hay que seguir pagando la pensión de alimentos? ¿existe custodia compartida de hijos mayores de edad? ¿puede un progenitor dejar de pagar unilateralmente?, ¿qué ocurre si el hijo no estudia ni trabaja?

En DE TERESA ABOGADOS, especialistas en Derecho de Familia, resolvemos las principales cuestiones jurídicas relacionadas con los hijos mayores de edad no independizados.

¿Qué se considera un hijo mayor de edad no independizado?

Se trata de aquel hijo que, pese a haber cumplido los 18 años, todavía no dispone de recursos económicos suficientes para mantenerse por sí mismo.

Esta situación suele producirse cuando:

  • Está cursando estudios universitarios o formación profesional.
  • Se encuentra preparando oposiciones.
  • Tiene empleos esporádicos o ingresos insuficientes.
  • Busca activamente trabajo sin éxito.
  • Presenta circunstancias personales que dificultan su independencia económica.

La mayoría de edad supone la plena capacidad jurídica, pero no elimina automáticamente el deber de asistencia económica de los progenitores.

¿Qué dice la ley sobre los hijos mayores de edad?

La obligación de prestar alimentos se encuentra regulada en los artículos 142 y siguientes del Código Civil.

En concreto, el artículo 142 establece que los alimentos comprenden todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación.

Por su parte, el artículo 93 del Código Civil permite que, en procedimientos de separación, divorcio o medidas paternofiliales, el juez pueda fijar una pensión de alimentos a favor de hijos mayores de edad que convivan en el domicilio familiar y carezcan de ingresos propios.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reiterado que la obligación de alimentos puede mantenerse más allá de los 18 años cuando el hijo no ha alcanzado una independencia económica real.

¿Existe custodia de hijos mayores de edad?

Esta es una de las consultas más frecuentes en los despachos de abogados de familia.

La respuesta es clara: no existe custodia legal sobre hijos mayores de edad.

La custodia, ya sea exclusiva o compartida, es una medida que únicamente puede acordarse respecto de menores de edad.

Cuando un hijo cumple 18 años:

  • Desaparece la patria potestad.
  • Desaparecen las medidas de guarda y custodia.
  • El hijo decide libremente dónde vivir.
  • Ningún progenitor puede imponer un régimen de convivencia.

Por tanto, jurídicamente ya no puede hablarse de custodia compartida o custodia exclusiva de un hijo mayor de edad.

Entonces, ¿qué ocurre si el hijo sigue viviendo con uno de los padres?

Aunque no exista custodia, sí puede mantenerse la obligación económica.

Es muy habitual que el hijo mayor de edad continúe residiendo con uno de los progenitores mientras estudia o busca trabajo.

En estos casos, el progenitor con el que convive suele asumir numerosos gastos diarios:

  • Alimentación.
  • Vivienda.
  • Suministros.
  • Transporte.
  • Material académico.
  • Gastos sanitarios.

Por este motivo, los tribunales suelen mantener la pensión de alimentos a cargo del otro progenitor mientras persista la dependencia económica.

¿Cuándo se extingue la pensión de alimentos?

No existe una edad concreta a partir de la cual desaparezca automáticamente la obligación de pago.

La pregunta que se hacen los tribunales no es cuántos años tiene el hijo, sino si ha alcanzado una verdadera independencia económica.

La pensión puede extinguirse cuando:

  • El hijo obtiene ingresos estables y suficientes.
  • Finaliza su formación y accede al mercado laboral.
  • Existe falta de aprovechamiento académico grave.
  • El hijo rechaza injustificadamente oportunidades laborales.
  • Se produce una ruptura total e imputable de la relación familiar.

Cada caso debe analizarse individualmente.

¿Puede un padre dejar de pagar la pensión porque el hijo ya tiene 18 años?

No.

Este es uno de los errores más frecuentes y que más procedimientos judiciales genera.

Aunque el hijo haya alcanzado la mayoría de edad, el progenitor obligado al pago no puede decidir unilateralmente dejar de abonar la pensión.

Mientras exista una resolución judicial que establezca dicha obligación, esta debe cumplirse.

Si se considera que las circunstancias han cambiado, será necesario interponer una demanda de modificación de medidas.

Dejar de pagar sin autorización judicial puede dar lugar a reclamaciones económicas e incluso a procedimientos de ejecución.

¿Qué ocurre si el hijo no estudia ni trabaja?

Este supuesto genera una gran conflictividad.

Los tribunales entienden que la obligación de alimentos no puede convertirse en una situación indefinida de dependencia cuando el hijo tiene capacidad para incorporarse al mercado laboral.

Si se acredita que:

  • Ha abandonado los estudios sin justificación.
  • No busca empleo activamente.
  • Rechaza oportunidades laborales.
  • Mantiene una actitud pasiva respecto a su futuro profesional.

Puede solicitarse judicialmente la extinción de la pensión de alimentos.

La clave será demostrar que la falta de independencia económica es imputable al propio hijo.

Imaginemos que una pareja se divorcia cuando su hijo tiene 15 años.

El padre abona una pensión de alimentos de 350 euros mensuales.

Tres años después, el hijo cumple 18 años y comienza estudios universitarios, continuando su residencia con la madre.

En este caso, la pensión seguirá siendo exigible porque el hijo todavía no dispone de recursos propios suficientes.

Sin embargo, si con 25 años ha abandonado los estudios, no trabaja y no realiza esfuerzos razonables para incorporarse al mercado laboral, el padre podría solicitar judicialmente la extinción de la pensión.

¿Qué hacer si han cambiado las circunstancias?

Cuando se produce un cambio relevante, la solución pasa por acudir al juzgado mediante una modificación de medidas.

Algunos ejemplos habituales son:

  • El hijo encuentra trabajo estable.
  • Finaliza sus estudios.
  • Se traslada a vivir de forma independiente.
  • Empeora la situación económica del progenitor obligado al pago.
  • El hijo deja de convivir con el progenitor que percibe la pensión.

En estos casos, un abogado especializado podrá valorar la viabilidad de solicitar una reducción o extinción de la pensión.

Preguntas frecuentes sobre hijos mayores de edad no independizados

¿Existe custodia compartida de hijos mayores de edad?

No. La custodia solo existe respecto de menores de edad.

¿Se sigue pagando pensión de alimentos después de los 18 años?

Sí, siempre que el hijo no haya alcanzado independencia económica.

¿Puede extinguirse la pensión a los 18 años?

No automáticamente. Será necesario acreditar que el hijo puede mantenerse por sí mismo.

¿Qué ocurre si el hijo vive con uno de los padres?

La convivencia suele justificar el mantenimiento de la pensión de alimentos mientras exista dependencia económica.

¿Puedo dejar de pagar la pensión por mi cuenta?

No. Es necesario solicitar una modificación de medidas ante el juzgado.

¿Qué pasa si mi hijo no estudia ni trabaja?

Dependiendo de las circunstancias, puede solicitarse judicialmente la extinción de la pensión.

Las cuestiones relacionadas con hijos mayores de edad, pensiones de alimentos y modificación de medidas generan numerosos conflictos tras una separación o divorcio.

En DE TERESA ABOGADOS analizamos tu situación de forma personalizada y te ayudamos a determinar si procede mantener, reducir o extinguir la pensión de alimentos, así como a defender tus derechos en cualquier procedimiento de familia.

Si tienes dudas sobre hijos mayores de edad no independizados, contacta con nosotros y estudiaremos tu caso con el rigor jurídico que merece.

Guía legal completa en España

¿Me puedo divorciar si mi pareja vive en el extranjero? Guía legal completa en España

Cada vez es más habitual que los matrimonios tengan un componente internacional: parejas que viven en distintos países, expatriaciones laborales o relaciones en las que uno de los cónyuges regresa a su país de origen.

En este contexto surge una duda muy frecuente en Google: ¿me puedo divorciar en España si mi pareja vive en el extranjero?

La respuesta es , pero es importante entender qué dice la legislación española y qué requisitos deben cumplirse para que el procedimiento sea válido.

En DE TERESA ABOGADOS, especialistas en derecho de familia internacional, te explicamos todo lo que necesitas saber.

Base legal del divorcio internacional en España

El divorcio en España está regulado principalmente por:

  • Artículo 81 del Código Civil, que establece que el divorcio puede solicitarse por uno de los cónyuges sin necesidad de alegar causa.
  • Artículo 86 del Código Civil, que confirma que el divorcio disuelve el vínculo matrimonial.
  • Normativa de Derecho Internacional Privado (Reglamento Bruselas II ter) para determinar la competencia judicial.

Esto significa algo clave: no importa dónde viva tu pareja, el divorcio puede tramitarse en España si los tribunales españoles son competentes.

¿Me puedo divorciar en España si mi pareja vive en otro país?

Sí. Los tribunales españoles pueden conocer del divorcio aunque uno de los cónyuges resida en el extranjero, siempre que exista conexión con España.

Por ejemplo:

  • Matrimonio celebrado en España.
  • Última residencia común en España.
  • Uno de los cónyuges sigue viviendo en España.
  • Ambos cónyuges tienen nacionalidad española.

Ejemplo práctico real

Imagina este caso: Laura (España) y Mark (Reino Unido) se casan en Madrid. Después de 5 años, Mark se traslada a Alemania por trabajo. Laura sigue viviendo en Valencia.

Cuando la relación termina, Laura puede solicitar el divorcio en España. No necesita que Mark regrese: el procedimiento sigue siendo válido aunque él esté fuera.

Incluso si Mark no quiere firmar o no responde, el divorcio puede continuar como procedimiento contencioso.

¿Qué pasa si no sé dónde vive mi pareja?

Este es uno de los casos más buscados: “No sé dónde está mi marido / mujer, ¿puedo divorciarme?”

Sí, se puede. El juzgado puede:

  • Intentar localizar al cónyuge mediante registros oficiales.
  • Notificar en su último domicilio conocido.
  • Utilizar la notificación por edictos si no es posible encontrarlo.

Es decir, el divorcio no se bloquea aunque no se conozca el paradero del otro cónyuge.

¿Se puede realizar un divorcio de mutuo acuerdo si la pareja vive en el extranjero?

Sí, y es la opción más recomendable. En este caso:

  • Se firma un convenio regulador.
  • El cónyuge en el extranjero puede otorgar poder notarial.
  • No es necesario viajar a España en muchos casos.

Es el tipo de divorcio más rápido y económico.

¿Y si mi pareja no quiere divorciarse?

En España esto no es un problema. Desde la reforma del Código Civil no se necesita el consentimiento del otro cónyuge para divorciarse: es suficiente con que uno de los dos lo solicite. Esto está recogido en el espíritu del artículo 86 del Código Civil, que permite el divorcio unilateral.

Si hay hijos: lo que debes saber

Cuando hay hijos menores, el divorcio internacional se complica ligeramente porque entran en juego:

  • Custodia (art. 92 Código Civil).
  • Pensión de alimentos (arts. 142 y siguientes CC).
  • Régimen de visitas internacional.
  • Traslados entre países.

Siempre se prioriza el interés superior del menor, principio básico en el derecho de familia español.

Problemas más frecuentes en divorcios internacionales

En la práctica, los conflictos más habituales son:

  1. Notificaciones internacionales lentas: dependiendo del país, pueden tardar meses.
  2. Custodia con residencia en distintos países, especialmente cuando uno de los progenitores quiere cambiar de país.
  3. Impago de pensiones desde el extranjero: a veces es necesario ejecutar sentencias fuera de España.
  4. Reconocimiento de sentencias extranjeras: en algunos casos será necesario el exequátur.

Tiempo estimado de un divorcio internacional

El tiempo de duración de un divorcio internacional puede variar considerablemente en función de si existe acuerdo entre las partes y de la complejidad del procedimiento.

Plazos orientativos habituales

  • Divorcio de mutuo acuerdo: entre 2 y 4 meses.
  • Divorcio contencioso: entre 6 y 10 meses.
  • Divorcio con notificación internacional: entre 8 y 14 meses.
  • Divorcio con conflicto de competencia u oposición: más de 12 meses.

¿De qué depende la duración?

El tiempo total del procedimiento depende de factores como:

  • El país donde resida el otro cónyuge.
  • La rapidez de las notificaciones internacionales.
  • Si existe o no acuerdo entre las partes.
  • La carga de trabajo del juzgado.
  • La existencia de hijos o bienes en común.

Ejemplo práctico

Si tu pareja vive en Francia y ambos estáis de acuerdo en divorciaros, el procedimiento puede resolverse en pocos meses.

Sin embargo, si tu pareja vive fuera de la UE y no responde a la demanda, el procedimiento puede alargarse notablemente por los trámites de notificación internacional.

Preguntas frecuentes

¿Puedo divorciarme en España si mi pareja vive en el extranjero?

Sí, siempre que exista competencia de los tribunales españoles.

¿Necesito que mi pareja firme el divorcio?

No. En España el divorcio puede ser unilateral.

¿Qué pasa si no sé dónde vive?

Se puede seguir el procedimiento mediante notificación legal.

¿Tengo que viajar a España?

No siempre; se puede actuar mediante poderes notariales.

¿Cuánto tarda?

Depende del país donde resida el otro cónyuge y de si hay acuerdo.

Conclusión

El hecho de que tu pareja viva en el extranjero no impide el divorcio en España. Lo importante es determinar la competencia del tribunal y estructurar correctamente el procedimiento.

Cada caso internacional tiene matices, por lo que es fundamental un análisis previo para evitar retrasos o problemas procesales.

¿Necesitas ayuda con tu divorcio internacional?

Si estás pensando en divorciarte y tu pareja vive en otro país, necesitas asesoramiento especializado en derecho de familia internacional. En DE TERESA ABOGADOS te ayudamos a:

  • Iniciar divorcios internacionales.
  • Localizar y notificar a cónyuges en el extranjero.
  • Tramitar divorcios de mutuo acuerdo o contenciosos.
  • Proteger tus derechos y los de tus hijos.

Contacta con nosotros hoy mismo y estudiaremos tu caso de forma personalizada.

Que se considera gasto extraordinario en la pensión alimenticia

Que se considera gasto extraordinario en la pensión alimenticia

Una de las consultas más frecuentes en cualquier despacho de abogados de familia es la relacionada con los gastos extraordinarios en la pensión alimenticia.

Tras un divorcio o separación con hijos, muchos conflictos entre progenitores surgen precisamente por una duda muy concreta:

 ¿Qué gastos debe pagar cada progenitor además de la pensión alimenticia?

En España, no todos los gastos de los hijos están incluidos dentro de la pensión mensual. Existen determinados gastos que pueden considerarse extraordinarios y que, en muchos casos, deben abonarse aparte.

En esta guía te explicamos qué se considera gasto extraordinario, cómo lo interpretan los juzgados y qué puedes hacer si el otro progenitor no quiere pagar.

Qué son los gastos extraordinarios en la pensión alimenticia

Los gastos extraordinarios son aquellos gastos de los hijos que:

  • No son previsibles
  • No son periódicos
  • Son necesarios o excepcionales

 Y, por tanto, no están incluidos dentro de la pensión alimenticia ordinaria.

La pensión alimenticia mensual suele cubrir:

  • Alimentación
  • Vivienda
  • Ropa habitual
  • Educación ordinaria
  • Gastos corrientes del menor

Sin embargo, hay determinados gastos que aparecen de forma puntual y que deben abonarse aparte.

 Qué dice la ley sobre los gastos extraordinarios

El Código Civil regula la obligación de prestar alimentos a los hijos, aunque no existe una lista cerrada de gastos extraordinarios.

Por ello, los conflictos suelen resolverse atendiendo a:

  • El convenio regulador
  • La sentencia de divorcio
  • La jurisprudencia de las Audiencias Provinciales

Cada caso concreto puede ser interpretado de forma distinta por el juzgado.

Ejemplos de gastos extraordinarios que sí suelen reconocerse

En términos generales, los juzgados consideran gastos extraordinarios aquellos que son necesarios para el bienestar del menor y no podían preverse.

Gastos médicos no cubiertos por la Seguridad Social

Uno de los casos más habituales.

Por ejemplo:

  • Ortodoncia
  • Psicólogo infantil
  • Gafas o lentillas
  • Tratamientos médicos privados necesarios
  • Logopedia

Son probablemente los gastos extraordinarios más reclamados en procedimientos de familia.

  Clases de apoyo necesarias

Las clases particulares pueden considerarse gasto extraordinario cuando:

  • Existe necesidad académica acreditada
  • Son recomendadas por el colegio
  • Resultan necesarias para el menor

 No siempre se aceptan automáticamente.

  Actividades especiales del menor

Algunas actividades extraescolares pueden ser consideradas extraordinarias si:

  • Ambos progenitores estaban de acuerdo
  • El menor ya las realizaba antes de la separación
  • Son beneficiosas y razonables

Ejemplos:

  • Deportes federados
  • Conservatorio
  • Campamentos educativos

  Gastos urgentes o imprevistos

También suelen incluirse:

  • Intervenciones médicas urgentes
  • Tratamientos inesperados
  • Gastos escolares excepcionales

 La clave está en que sean imprevisibles y necesarios.

Qué NO suele considerarse gasto extraordinario

Muchos conflictos nacen porque un progenitor considera extraordinario algo que realmente no lo es.

Normalmente NO se consideran gastos extraordinarios:

  • Material escolar ordinario
  • Uniformes
  • Actividades extraescolares habituales ya previstas
  • Ropa corriente
  • Gastos normales del día a día

 Estos gastos suelen entenderse incluidos dentro de la pensión alimenticia mensual.

Cómo se pagan los gastos extraordinarios

Lo más habitual es que los gastos extraordinarios se paguen:

👉 al 50% entre ambos progenitores

Aunque puede establecerse otro porcentaje dependiendo de:

  • Los ingresos de cada progenitor
  • Lo acordado en convenio regulador
  • La sentencia judicial

 Importancia del convenio regulador

Uno de los errores más frecuentes es firmar convenios poco claros.

Un buen convenio regulador debe especificar:

  • Qué se considera gasto extraordinario
  • Cómo deben aprobarse
  • Cómo se reparten
  • Qué ocurre si no hay acuerdo

 Cuanto más detallado sea el convenio, menos conflictos surgirán en el futuro.

 Qué hacer si el otro progenitor no quiere pagar

Esta es una de las búsquedas más frecuentes en Google:  “mi ex no quiere pagar gastos extraordinarios”

Cuando existe desacuerdo, pueden darse varias situaciones:

1. Reclamación amistosa

Lo primero suele ser intentar una solución amistosa:

  • Solicitud por escrito
  • Envío de facturas
  • Justificación médica o educativa

 Siempre conviene dejar constancia escrita.

2. Procedimiento judicial de ejecución

Si el otro progenitor se niega a pagar y el gasto está reconocido judicialmente, puede iniciarse una ejecución de sentencia.

En estos procedimientos, el juzgado valorará:

  • Si el gasto era necesario
  • Si existía acuerdo previo
  • Si realmente es extraordinario

 En Madrid, este tipo de procedimientos son muy habituales en los juzgados de familia.

 Gastos extraordinarios y autorización previa

Otro conflicto frecuente es el siguiente:  “¿Hace falta consentimiento del otro progenitor?”

La respuesta depende del tipo de gasto.

Gastos necesarios urgentes

No suelen requerir autorización previa.

Ejemplo:

  • Urgencia médica

Gastos no urgentes

Sí suele ser recomendable:

  • Consultar previamente
  • Obtener aprobación
  • Dejar constancia escrita

 Esto evita problemas futuros en caso de reclamación judicial.

Jurisprudencia sobre gastos extraordinarios

Los tribunales españoles han señalado reiteradamente que para considerar un gasto como extraordinario debe reunir ciertas características:

  • Ser necesario
  • No periódico
  • Imprevisible

 Por eso cada caso debe analizarse individualmente.

Si tienes conflictos relacionados con gastos extraordinarios:

  • Guarda facturas y justificantes
  • Comunica los gastos por escrito
  • Revisa bien el convenio regulador
  • Evita acuerdos verbales

 Contar con asesoramiento legal puede evitar muchos problemas.

Importancia de un abogado especialista en pensión alimenticia

Los procedimientos relacionados con:

  • Pensión alimenticia
  • Custodia
  • Gastos extraordinarios
  • Ejecución de sentencia

son especialmente frecuentes tras separaciones y divorcios.

Un abogado especialista en derecho de familia puede ayudarte a:

  • Reclamar gastos extraordinarios
  • Modificar medidas
  • Redactar convenios claros
  • Defenderte ante reclamaciones indebidas

Saber qué se considera gasto extraordinario en la pensión alimenticia es fundamental para evitar conflictos tras una separación o divorcio.

Aunque no existe una lista cerrada, los juzgados suelen valorar si el gasto es necesario, imprevisible y no periódico.

Cada situación familiar es distinta, por lo que contar con asesoramiento jurídico especializado resulta clave para proteger tus derechos y evitar procedimientos judiciales innecesarios.

 Abogados especialistas en pensión alimenticia y derecho de familia en Madrid y alrededores.

En nuestro despacho de abogados en Madrid asesoramos diariamente en procedimientos relacionados con:

  • Pensión alimenticia
  • Gastos extraordinarios
  • Custodia de hijos
  • Ejecución de sentencias
  • Modificación de medidas

 Si tienes dudas sobre qué gastos debe pagar cada progenitor o necesitas reclamar cantidades impagadas, contacta con nosotros y estudiaremos tu caso de forma personalizada.